Regulación integral de las prácticas laborales y del contrato de aprendizaje: análisis del Decreto 0223 de 2026.
El Gobierno colombiano, a través del Ministerio del
Trabajo, expidió el Decreto 0223 de 2026, norma que establece un nuevo
marco regulatorio para las prácticas laborales y el contrato de aprendizaje en
el país.
Este decreto subroga un
capítulo del Decreto 1072 de 2015, con el propósito de organizar y
consolidar la normativa que regulaba las prácticas laborales, la vinculación
formativa y el contrato de aprendizaje, que anteriormente se encontraba
dispersa en diferentes disposiciones.
Unificación
normativa del sistema de prácticas laborales
Uno de los objetivos
principales del decreto es integrar en un solo cuerpo normativo las reglas
que regulan la participación de estudiantes en entornos laborales, tanto en
el sector público como en el privado.
La norma establece que en las
prácticas laborales intervienen tres actores fundamentales:
- El
estudiante o aprendiz.
- La
institución educativa.
- La empresa o entidad donde se realiza la práctica.
Este modelo busca garantizar
que las prácticas tengan un propósito formativo real, evitando que los
estudiantes sean utilizados como mano de obra sin finalidad educativa.
Regulación
de la vinculación formativa
El decreto también define con
mayor precisión la figura de vinculación formativa, que corresponde al
acuerdo mediante el cual un estudiante realiza su práctica como parte de su
proceso educativo.
Entre los aspectos regulados
se encuentran:
- Duracion
de la práctica.
- Condiciones de supervisión y acompañamiento.
- Posibilidad de recibir apoyos económicos no
salariales.
- Reglas sobre interrupciones y terminación de la
práctica.
Además, se establece que las
prácticas deberán desarrollarse preferiblemente de manera presencial,
aunque pueden acordarse modalidades híbridas o virtuales según las condiciones
del programa académico.
Fortalecimiento
del contrato de aprendizaje
El decreto también desarrolla
las disposiciones introducidas por la reforma laboral contenida en la Ley
2466 de 2025, reafirmando que el contrato de aprendizaje es un contrato
laboral especial con finalidad formativa.
Entre los principales
aspectos que regula la norma se destacan:
- Definición de las fases lectiva y práctica del
proceso formativo.
- Duración máxima del contrato, que puede extenderse
hasta tres años dependiendo del programa académico.
- Obligaciones de las empresas patrocinadoras,
incluyendo la designación de tutores responsables de orientar al aprendiz.
- Garantías de afiliación al sistema de seguridad
social durante la etapa práctica.
Asimismo, se establecen
reglas claras para la suspensión, terminación y continuidad del contrato dentro
de la cadena de formación del aprendiz.
Cambio de
postura frente a la Corte Constitucional
Si bien el Decreto 0223 de
2026 no responde directamente a una sentencia reciente de la Corte
Constitucional de Colombia, la regulación se alinea con la postura
reiterada de esta corporación sobre la protección de los derechos de los
estudiantes y aprendices dentro de los procesos formativos.
La Corte ha señalado en
diferentes decisiones que las prácticas laborales deben conservar su
naturaleza educativa y no convertirse en una relación laboral encubierta,
principio que busca garantizar la dignidad del estudiante y la finalidad
pedagógica de estas actividades.
En ese sentido, el decreto
refuerza la idea de que las prácticas y el contrato de aprendizaje deben
desarrollarse bajo criterios de formación, supervisión y garantía de
derechos, evitando interpretaciones que desvirtúen su naturaleza formativa.