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Corte Suprema de Justicia reconoce el duelo por la muerte de una mascota como causa de licencia laboral

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02 Febrero, 2026
Noticias

Cuando el derecho reconoce el afecto: la Corte Suprema avala licencia laboral por la muerte de una mascota

La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, mediante la Sentencia SL2375-2025, adoptó un criterio innovador al reconocer que el fallecimiento de un animal de compañía puede constituir un hecho jurídicamente relevante en el ámbito laboral, al admitir la procedencia de una licencia laboral en favor del trabajador afectado. En consecuencia, el duelo generado por su pérdida puede impactar de manera significativa el bienestar emocional del trabajador, para acceder a esta licencia, la jurisprudencia ha establecido criterios claros:


  1. Registro previo del animal: el trabajador debe haber informado y acreditado ante su empleador la tenencia de la mascota con anterioridad al fallecimiento.
  2. Carácter doméstico del animal: se admiten animales de compañía o de trabajo doméstico (como perros, gatos y, en ciertos contextos, animales de uso rural), excluyendo especies silvestres cuya tenencia esté prohibida.
  3. Existencia de un vínculo afectivo comprobable: el animal debe hacer parte del entorno familiar mínimo 6 meses de convivencia comprobable y depender económicamente de su tutor.
  4. Ausencia de finalidad comercial: no debe tratarse de un animal destinado a la venta, reproducción o explotación económica.

CAMBIO DE POSTURA FRENTE A LA CORTE CONSTITUCIONAL: Aunque la Corte Constitucional ya había reconocido en sentencias previas el valor jurídico del vínculo entre humanos y animales, este pronunciamiento de la Corte Suprema traslada ese reconocimiento al ámbito laboral, ampliando su alcance práctico. 

Se observa un cambio de enfoque: del análisis abstracto sobre protección animal y dignidad, se pasa a una comprensión concreta del impacto emocional del duelo animal en la vida cotidiana del trabajador. Esto refuerza la idea de que los derechos laborales no pueden desligarse de la realidad emocional de las personas.

PRINCIPIOS: Este fallo se apoya y dialoga con varios principios constitucionales y laborales, entre ellos:


  • Dignidad humana, al reconocer el sufrimiento emocional como jurídicamente relevante.
  • Bienestar integral del trabajador, más allá de su productividad.
  • Protección de la familia en sentido amplio, incluyendo vínculos afectivos no tradicionales.
  • Evolución del estatus jurídico de los animales, alejándolos de la categoría de objetos.

Este fallo se perfila como un precedente relevante para la gestión del talento humano, invitando a las empresas a revisar sus políticas internas de licencias y bienestar laboral bajo una perspectiva más humana y acorde con la evolución jurisprudencial.

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